¿Más información?
Si estás interesado en realizar el examen del PER o el PNB, a continuación te presentamos más información del Real Decreto.
Conforme ha avanzado el tiempo, la Orden FOM/3200/2007 ha tenido una serie de cambios, específicamente de tipo técnico, esto refiere a las características de las embarcaciones deportivas y sus equipos a bordo, simplificando los programas de las materias teóricas que son necesarias para acceder a las titulaciones náuticas de recreo y adaptarlos a la situación vigente. Así como también la introducción a diferentes cambios en las atribuciones de los títulos.
Puedes consultar el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo aquí:
Cambios en la normativa de motos náuticas, la Licencia de Navegación (LN), el Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER), Patrón de Yate (PY), Capitán de Yate (CY) y el Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (PPER), algunas de las principales modificaciones son:
- Se deberá llevar siempre que se salga a navegar los títulos en vigor
- La licencia de navegación habilita llevar motos de agua
- Desaparición de los títulos de moto de agua (A, B y C)
- Con la ampliación del PER a Baleares se puede llegar oficialmente a las Islas Columbretes
Si quieres conocer más información acerca de los títulos náuticos para embarcaciones de recreo, sus principales requisitos y acreditaciones visita nuestro artículo aquí.